Nulidad del matrimonio vs Divorcio
- Luz Núñez
- 18 jul
- 3 Min. de lectura
En la República Dominicana, existen muchas dudas sobre si un matrimonio puede ser “anulado” y en qué casos es preferible optar por una demanda de nulidad o por el divorcio. Este artículo analiza, con base en el Código Civil, la Ley núm. 659 sobre Actos del Estado Civil y la jurisprudencia nacional, cuándo procede la nulidad de un matrimonio, qué consecuencias tiene, cómo se solicita y qué alternativas existen si no aplica.
La nulidad del matrimonio implica que el matrimonio nunca existió legalmente. No aplica a cualquier matrimonio infeliz o con dificultades, sino que solo puede ser invocada si al momento de la celebración existió un impedimento legal o vicio grave (Art. 61 L.659).
La nulidad puede ser solicitada por: Los propios cónyuges, el Ministerio Público, cualquier persona con un interés jurídico directo, la Iglesia Católica (solo en procesos canónicos).
Nulidad del Matrimonio civil. en este caso la demanda se presenta ante los Tribunales de Familia, mediante escrito de demanda, con depósito de pruebas del vicio invocado testimoniales o escita.
Nulidad Matrimonio canónico. en este caso la demanda se presenta ante los Tribunales Eclesiásticos, no ante tribunales civiles, para declarar que nunca hubo sacramento válido.
Al ser declarado nulo, ambas partes retornan a su estado civil anterior, como si jamás hubieran contraído nupcias.
Demostrar las causales de nulidad puede ser muy difícil, especialmente en casos de error o falta de voluntad. Si los esposos hacen vida común por más de 6 meses después de haberse superado el impedimento (como recuperar la voluntad), ya no puede pedirse la nulidad.
LA BIGAMIA COMO CAUSA DE NULIDAD
Contraer matrimonio estando aún legalmente casado constituye bigamia, lo cual:
Es una infracción penal y causa automática de nulidad (Art. 55 y 61 de la Ley 659).
Puede ser perseguida por el Estado, cónyuges o terceros interesados.
Tiene implicaciones legales graves, incluyendo penas de prisión.
DIFERENCIAS ENTRE NULIDAD Y DIVORCIO
Mientras el divorcio disuelve un vínculo válido, la nulidad declara que el vínculo fue inválido desde su origen por vicios graves o faltas legales esenciales.

INQUIETUDES FRECUENTES
¿Puedo anular mi matrimonio por infidelidad? No. La infidelidad no es causal de nulidad, Puede ser una manifestación del divorcio por causa determinada.
¿Puedo casarme de nuevo si mi matrimonio fue declarado nulo? Sí, tras la sentencia firme de nulidad, las partes pueden volver a casarse.
¿Qué pasa si no tengo pruebas del vicio pero sé que hubo engaño? La carga de la prueba es fundamental. En ese caso, puede ser mejor iniciar un proceso de divorcio, que requiere menos exigencias probatorias.
La nulidad del matrimonio en República Dominicana es una figura legal válida, pero estricta, reservada para casos muy concretos y con altos estándares probatorios. Si no puedes probar vicios graves en la celebración, lo más viable será el divorcio por mutuo consentimiento o por incompatibilidad de caracteres.
Si estás en esta situación, lo más responsable es buscar orientación legal profesional para evaluar si realmente procede una demanda de nulidad o si debes optar por el divorcio como vía más eficaz.





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